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REDACCIÓN

SUJECCION DE LA CARGA según Anexo III RD 563/2017 sobre Inspecciones Técnicas en Carretera

Ecosmep.com []

 

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El Real Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio español, entra en vigor el 20 de mayo de 2018.  

Uno de los aspectos fundamentales que incluirán las inspecciones es todo lo relacionado con la sujeción de la carga, que viene regulado en su Anexo III, que siempre deberéis tener en cuenta y que dice lo siguiente:

ANEXO III

Sujección de la carga
I. Principios aplicables a la sujeción de la carga
1. La sujeción de la carga soportará las siguientes fuerzas generadas por la aceleración/deceleración del vehículo:
– en el sentido de marcha: el peso de la carga multiplicado por 0,8, y
– en sentido lateral: el peso de la carga multiplicado por 0,5, y
– en sentido contrario al de marcha: el peso de la carga multiplicado por 0,5, y
– en general debe impedir la inclinación longitudinal o transversal de la carga.
2. Para el reparto de la carga se tendrán en cuenta las cargas máximas de eje autorizadas así como las cargas mínimas de eje necesarias dentro de los límites de la masa máxima autorizada del vehículo, en consonancia con la legislación sobre pesos y dimensiones de vehículos.
3. A la hora de sujetar la carga, se tendrán en cuenta los requisitos de resistencia de algunos componentes de los vehículos como los puntos de amarre frontales, laterales, traseros, teleros cuando se utilicen para tal fin.
4. Podrá utilizarse uno o varios de los siguientes métodos de retención para sujetar la carga:
– enganche,
– inmovilización (local/general),
– amarre directo,
– amarre superior.
5. Normas aplicables:
Norma
Asunto
– EN 12195-1
Cálculo de las fuerzas de amarre.
– EN 12640
Puntos de amarre.
– EN 12642
Resistencia de la estructura de la carrocería de los vehículos.
– EN 12195-2
Cinchas de amarre de fibras sintéticas.
– EN 12195-3
Cadenas de amarre.
– EN 12195-4
Cables de acero de amarre.
– ISO 1161, ISO 1496
Contenedor ISO.
– EN 283
Cajas móviles.
– EN 12641
Lonas.
– EUMOS 40511
Postes-Teleros.
– EUMOS 40509
Empaquetado para transporte.
II. Inspección de la sujeción de la carga.
1. Clasificación de las deficiencias.
Las deficiencias se clasificarán en una de las categorías siguientes:
• Deficiencia leve: Se habla de deficiencia menor cuando la carga está sujeta correctamente pero cabría formular recomendaciones en materia de seguridad.
• Deficiencia grave: Se habla de deficiencia grave cuando la carga no ha sido sujeta suficientemente y cabe la posibilidad de un desplazamiento o vuelco significativo de la carga o de partes de la misma.
• Deficiencia peligrosa: Se habla de deficiencia peligrosa si se pone en peligro directo la seguridad del tráfico debido al riesgo de pérdida de la carga o de partes de la misma, por un peligro derivado directamente de la carga o por la puesta en peligro inmediata de personas.
Si se observan varias deficiencias, el transporte se clasificará en el grupo de deficiencias más alto. En caso de observarse varias deficiencias, dado que cabe esperar que el efecto combinado de las mismas las refuerce, el transporte se clasificará en el nivel de deficiencia superior.
2. Métodos de inspección.
El método de inspección consiste en una evaluación visual de que se usa correctamente el número necesario de medidas adecuadas para sujetar la carga o la medida de las fuerzas de tensión, el cálculo de la eficiencia de la sujeción y la verificación de los certificados, en su caso.
3. Evaluación de las deficiencias.
En el cuadro 1 se presentan las normas que pueden aplicarse durante una inspección de sujeción de la carga para determinar si el estado del transporte es aceptable.
La categoría de las deficiencias se determinará con arreglo a la clasificación que se establece en el punto 1 de este capítulo, caso por caso.
Los valores que aparecen en el siguiente cuadro se ofrecen a título indicativo como directrices para determinar la categoría de una deficiencia determinada en función de las circunstancias concretas, dependiendo en particular de la naturaleza de la carga y de la discreción del inspector.
Para el transporte incluido en el ámbito de aplicación de la Directiva 95/50/CE del Consejo (1), se pueden aplicar requisitos más específicos.
(1) Directiva 95/50/CE, del Consejo, de 6 de octubre de 1995, relativa a procedimientos uniformes de control del transporte de mercancías peligrosas por carretera (DO L 249 de 17.10.1995, p. 35).
Cuadro 1
Elemento
Deficiencias
Evaluación de la deficiencia
Leve
Grave
Peligrosa
A
El empaquetado para transporte no permite una sujeción adecuada de la carga.
A discreción del inspector.
B
Una o más unidades de la carga no están colocadas correctamente.
A discreción del inspector.
C
El vehículo no es adecuado para la carga que se transporta (deficiencia distinta de las enumeradas en el punto 10).
A discreción del inspector.
D
Defectos manifiestos de la superestructura del vehículo (deficiencia distinta de las enumeradas en el punto 10).
A discreción del inspector.
10
Idoneidad del vehículo.
10.1
Pared frontal (si se utiliza para la sujeción de la carga).
10.1.1
Parte oxidada o deformada.
x
Parte fisurada que pone en peligro la integridad del compartimento de carga.
x
10.1.2
Resistencia insuficiente (certificado o etiqueta si procede).
x
Altura insuficiente en relación con la carga transportada.
x
10.2
Paredes laterales (si se utilizan para la sujeción de la carga).
10.2.1
Parte oxidada o deformada; mal estado de bisagras o cerraduras.
x
Parte fisurada; faltan bisagras o cerraduras, o no funcionan.
x
10.2.2
Resistencia insuficiente del soporte (certificado o etiqueta si procede).
x
Altura insuficiente en relación con la carga transportada.
x
10.2.3
Mal estado de los paneles de las paredes laterales.
x
Parte fisurada.
x
10.3
Pared posterior (si se utiliza para la sujeción de la carga).
10.3.1
Parte oxidada o deformada; mal estado de bisagras o cerraduras.
x
Parte fisurada; faltan bisagras o cerraduras, o no funcionan.
x
10.3.2
Resistencia insuficiente (certificado o etiqueta si procede).
x
Altura insuficiente en relación con la carga transportada.
x
10.4
Teleros (si se utilizan para la sujeción de la carga).
10.4.1
Parte oxidada o deformada, o amarre insuficiente al vehículo.
x
Parte fisurada; amarre al vehículo inestable.
x
10.4.2
Mala resistencia o diseño.
x
Altura insuficiente en relación con la carga transportada.
x
10.5
Puntos de amarre (si se utilizan para la sujeción de la carga).
10.5.1
Mal estado o diseño.
x
No pueden soportar las fuerzas de amarre necesarias.
x
10.5.2
Número insuficiente.
x
Número insuficiente para soportar las fuerzas de amarre necesarias.
x
10.6
Estructuras especiales exigidas (si se utilizan para la sujeción de la carga).
10.6.1
Mal estado, dañado.
x
Parte fisurada; no apta para soportar la fuerza de retención.
x
10.6.2
No apta para la carga transportada.
x
Ausente.
x
10.7
Suelo (si se utiliza para la sujeción de la carga).
10.7.1
Mal estado, dañado.
x
Parte fisurada; No apto para soportar carga.
x
10.7.2
Límite de carga insuficiente.
x
No apto para soportar carga.
x
20
Cierre, bloqueo y amarre directo.
20.1
Amarre director de la carga (bloqueo).
20.1.1
Demasiada distancia entre la carga y la parte frontal:
20.1.1.1
Demasiada distancia con la pared frontal si se utiliza para la sujeción directa de la carga.
x
Más de 15 cm y riesgo de atravesar la pared.
x
20.1.1.2
Demasiada distancia con las paredes laterales si se utilizan para la sujeción directa de la carga.
x
Más de 15 cm y riesgo de atravesar la pared.
x
20.1.1.3
Demasiada distancia con la pared posterior si se utiliza para la sujeción directa de la carga.
x
Más de 15 cm y riesgo de atravesar la pared.
x
20.1.2
Dispositivos de sujeción, como raíles de amarre, vigas de bloqueo, tablillas y cuñas en las paredes frontal, laterales y posterior.
20.1.2.1
Fijación al vehículo inadecuada.
x
Fijación insuficiente.
x
No aptos para soportar las fuerzas de retención, flojos.
x
20.1.2.2
Sujeción inadecuada.
x
Sujeción insuficiente.
x
Totalmente ineficaces.
x
20.1.2.3
Equipo de sujeción poco adaptado.
x
Equipo de sujeción totalmente inadecuado.
x
20.1.2.4.
Método escogido para la sujeción del embalaje: subóptimo.
x
Método elegido totalmente inadecuado.
x
20.1.3
Sujeción directa con redes y lonas.
20.1.3.1
Estado de las redes y de las lonas (falta la etiqueta/están dañadas pero pueden servir).
x
Dispositivos de retención de la carga dañados.
x
Dispositivos de retención de carga muy deteriorados y que no son ya apropiados para el uso.
x
20.1.3.2
Resistencia insuficiente de las redes y lonas.
x
Capacidad inferior a dos tercios de las fuerzas de retención requeridas.
x
20.1.3.3
Fijación insuficiente de las redes y lonas.
x
Fijación con una capacidad menor para soportar dos tercios de las fuerzas de retención requeridas.
x
20.1.3.4
Adecuación insuficiente de las redes y lonas para la sujeción de la carga.
x
Totalmente inadecuadas.
x
20.1.4
Separación y relleno de las unidades de carga o de los espacios libres.
20.1.4.1
Inadecuación de la unidad de separación y relleno.
x
Separación o espacios libres demasiado amplios.
x
20.1.5
Amarre directo (horizontal, transversal, diagonal, con bucles o resortes).
20.1.5.1
Las fuerzas de sujeción requeridas son inadecuadas.
x
Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida.
x
20.2
Sujeción por fricción.
20.2.1
Alcance de las fuerzas de sujeción requeridas.
20.2.1.1
Las fuerzas de sujeción requeridas son inadecuadas.
x
Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida.
x
20.3
Dispositivos de retención de la carga utilizados.
20.3.1
Inadecuación de los dispositivos de retención de la carga.
x
Dispositivo totalmente inadecuado.
x
20.3.2
Falta la etiqueta (por ejemplo placa/remolque)/está dañada pero el dispositivo funciona adecuadamente.
x
Falta la etiqueta (por ejemplo placa/remolque)/está dañada y el dispositivo está muy deteriorado.
x
20.3.3
Dispositivos de retención de la carga dañados.
x
Dispositivos de retención de carga muy deteriorados y que no son ya apropiados para el uso.
x
20.3.4
Tornos de amarre utilizados de forma incorrecta.
x
Tornos de amarre defectuosos.
x
20.3.5
Uso incorrecto de los dispositivos de retención de la carga (por ejemplo falta de protección de las aristas).
x
Uso defectuoso de los dispositivos de retención de la carga (por ejemplo nudos).
x
20.3.6
Fijación de los dispositivos de retención de la carga inadecuada.
x
Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida.
x
20.4
Equipo adicional (por ejemplo alfombras antideslizantes, protectores de aristas, ríeles).
20.4.1
Se emplea un equipo inadecuado.
x
Se emplea un equipo incorrecto o defectuoso.
x
Se emplea un equipo totalmente inadecuado.
x
20.5
Transporte de productos a granel, ligeros y sueltos.
20.5.1
Productos a granel que vuelan al circular el vehículo y que pueden distraer a otros vehículos.
x
Supone un peligro para los demás vehículos.
x
20.5.2.
Productos a granel mal sujetos.
x
Pérdida de la carga que supone un peligro para los demás vehículos.
x
20.5.3
Productos ligeros sin cubrir.
x
Pérdida de la carga que supone un peligro para los demás vehículos.
x
20.6
Transporte de trozas.
20.6.1
Pérdida parcial del producto transportado (troncos).
x
20.6.2
Fuerzas de sujeción de la unidad de carga inadecuadas.
x
Inferiores a dos tercios de la fuerza requerida.
x
30
Carga totalmente suelta.
x

Es importante, especialmente cuando se cargan mercancías peligrosas, que la carga esté bien distribuida a bordo del vehículo y que la estiba siempre sea correcta, de forma que no pueda existir ningún incidente durante su transporte.

Acceso directo al R.D. 563/2017 por el que se regulan inspecciones técnicas en carretera


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