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El Gobierno flexibiliza la regulación del CAP para conductores de vehículos de transporte por carretera

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El Gobierno ha aprobado un real decreto que regula las nuevas condiciones para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP)que necesitan los conductores de vehículos de transporte de viajeros y mercancías por carretera para realizar su actividad.

La formación será ahora más flexible, variada y adaptada al conductor y empresa, incorporando nuevos contenidos en relación con la seguridad vial y la conducción eficiente desde el punto de vista medioambiental, y cumpliendo la trasposición de la directiva comunitaria.

El CAP es necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos que efectúen una actividad de transporte por carretera y pertenezcan a empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulta obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.

Los cursos deberán referirse ahora a los sistemas de transporte inteligente y evolucionar con el desarrollo tecnológico, marcando como nuevo objetivo que el conductor sea capaz de anticipar y evaluar los riesgos del tráfico y adaptarse a ellos.

También prevé la convalidación de horas de formación exigida por otras normas comunitarias para obtener la formación obligatoria del CAP, como cursos de mercancías peligrosas, transporte de animales vivos o sensibilización para personas con discapacidad, entre otros.


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