Como conocéis, cada 2 años, el ADR se actualiza, por lo que el nuevo ADR 2019 será el único obligatorio a partir del próximo 30 de junio.
Por este motivo, hemos confeccionado un resumen de las modificaciones que consideramos que pueden afectar a la mayoría de las empresas, entre otras las siguientes: - En caso de que el transporte se acoja a la exención por el epígrafe 1.1.3.6 del ADR, es obligado incluir en la carta de porte el valor calculado para cada categoría de transporte.
- Pictogramas SGH deben ir dentro de su etiqueta, no mezclados con marcas y etiquetas ADR.
- Los expedidores, aunque no realicen ninguna operación de carga, descarga, embalaje, o transporte, de mercancías peligrosas, deberán designar consejero de seguridad ( a partir del 31 de diciembre de 2022)
- Se modifica la exención para el transporte de máquinas que contengan mercancías peligrosas.
- Actualización para la clasificación de los abonos a base de nitrato de amonio sólido, que se hará con arreglo a la sección 39 del Manuel de Pruebas y Criterios.
- Nuevos criterios para la clasificación de las materias corrosivas, principalmente para determinar el grupo de embalaje.
- Disposiciones particulares para el transporte de materias estabilizadas por regulación de temperatura.
- Actualización del apartado dedicado a la manipulación y estiba.
- Nuevos códigos de clasificación relacionados con los objetos.
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