Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril
iustel.com [04/06/2012]


Acuerdo Multilateral RID 5/2010 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo al transporte de UN 1057 encendedores y UN 1057 recargas para encendedores, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2011. (BOE de 4 de junio de 2012)


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