Despiden a un transportista de mercancías peligrosas por incumplir las medidas seguridad
laopiniondemurcia.es [17/09/2021]


El TSJRM considera que el trabajador tuvo una conducta negligente y el cese de la relación laboral fue procedente



 



Audiencia Provincial de Murcia L.O.




 



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un transportista de mercancías peligrosas contra la sentencia de un juzgado de Cartagena que declaró procedente su despido por incumplir las medidas de seguridad a las que estaba obligado.



La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juzgado de lo Social declaró probado que el demandante recibió la decisión del cese de la relación laboral a través de una carta en la que la empresa recogía las infracciones que había cometido y que suponían una vulneración del procedimiento de trabajo establecido.






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Así, se indicaba en la misma que había incurrido en una falta muy grave, castigada con el despido, por no ponerse el chaleco reflectante en una operación de descarga de la cisterna que conducía, no inmovilizar el vehículo con los cascos ni colocar la señal de 'vehículo en descarga'.



Tampoco colocó la toma de tierra 'y se mostró distraído durante la operación', hasta el punto de que llegó a miccionar al lado de la cisterna.



La sentencia ahora confirmada por el TSJRM, consideró que esa conducta fue negligente y que el cese de la relación laboral era procedente, al estar ajustado a derecho.



Ahora, la Sala de lo Social ha respaldado la resolución apelada al comentar que no hubo en el cese represalia alguna por su actividad sindical, como había alegado el trabajador, para añadir que este reconoció los incumplimientos recogidos en la carta de despido.