Con el fin de facilitar el acceso al mercado de transporte de mercancías por carretera de las personas que venían realizando su actividad en el ámbito de cooperativas dedicadas al transporte cuyo régimen de contratación no se ajustaba a lo dispuesto en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), el Gobierno ha decidido establecer un régimen transitorio durante el que los socios de una cooperativa puedan obtener la correspondiente autorización de transporte, adscribiendo sus copias a los vehículos que ya venían utilizando.
Se trata de un régimen transitorio para el otorgamiento de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera para las empresas constituidas por antiguos socios de cooperativas titulares de autorizaciones de transporte.
Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación el Boletín Oficial del Estado y estará vigente hasta el 1 de mayo de 2015.