Aclaración del Director General de Transportes sobre Responsabilidades de Carga y Descarga
Redacción [29/04/2014]





Un usuario nos ha facilitado el siguiente documento:

'Interpretación acerca del concepto de cargador y descargador contenidos en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español'

Como podéis ver el documento está suscrito por el Director General de Transportes Terrestre, presumiéndose por lo tanto un documento oficial.

Considero que la aclaración concreta definitivamente que, en general, tanto el empresario individual,  como la entidad jurídica que asuma las responsabilidades de la carga,  o descarga, no puede trasladar dicha responsabilidad a terceros, por el hecho de que dicha carga, o descarga, la realicen estos.

También confirma que, en general, la responsabilidad de la carga corresponde al expedidor o transportista y de la descarga al destinatario o transportista, según acuerden las partes.

Link directo al documento oficial