ACUERDO MULTILATERAL M-198 sobre semi-remolques.
BOE.es [19/10/2010]


Acuerdo Multilateral M-198 en virtud de la Sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 182, de 29 de julio de 2009), relativo al número de remolques en una unidad de transportes por carretera, hecho en Madrid el 9 de febrero de 2010, por el que se establece que los semi-remolques adjuntos a un eje pueden ser considerados como un remolque y deberá tener certificado de aprobación y cumplir todo el ADR.

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