Estándares mínimos para implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
actualicese.com [04/03/2019]




Estándares mínimos para implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo



La Resolución 0312 de 2019 establece los estándares mínimos para la implementación del sistema de seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, lo cual implica su reducción. No obstante, esta no se verá reflejada para las empresas clasificadas en riesgos IV y V, sin importar el número de trabajadores.

Recientemente el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución 0312 de 2019, estableció los estándares mínimos que debe cumplir el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–. Dicha norma deroga lo dispuesto mediante la Resolución 1111 de 2017.

Los obligados a aplicar lo instaurado a través de esta resolución son:

Se establece que los trabajadores independientes afiliados al sistema de riesgos laborales de manera voluntaria no se encuentran obligados a cumplir con la implementación de estos estándares (parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 0312 de 2019).

“lo dispuesto mediante esta nueva resolución no aplica para trabajadores(as) del servicio doméstico”

Por otra parte, lo dispuesto mediante esta nueva resolución no aplica para trabajadores(as) del servicio doméstico; los estándares mínimos que deban cumplir estos trabajadores se establecerán mediante otro acto administrativo (otra resolución, decreto, etc.), según lo consagra el parágrafo 3 del artículo 2 de la norma en mención.

Implementación del SG-SST según el número de trabajadores

La nueva resolución se divide en cuatro capítulos, a través de los cuales se definen los estándares mínimos según el número de trabajadores vinculados a la empresa, así:

Estándares mínimos para empresas con diez o menos trabajadores

Las empresas, empleadores y contratantes con diez o menos trabajadores, clasificadas en riesgos I, II o III, deben cumplir con siete estándares mínimos contenidos en el artículo 3 de la Resolución 0312 de 2019, entre los que se encuentran:

“Cuando estas empresas (con diez o menos trabajadores) se encuentren clasificadas en riesgos IV o V, deberán cumplir con los 61 estándares dispuestos para las empresas de más de 50 trabajadores ”

La implementación de dichos estándares mínimos se verificará mediante los documentos a través de los cuales se registre la ejecución de cada una de las actividades.

Precisiones

Estándares mínimos para empresas de 11 a 50 trabajadores

Las empresas de 11 a 50 trabajadores clasificadas en riesgos I, II o III deben cumplir con 21 estándares mínimos contenidos en el artículo 9 de la resolución en mención. Entre otros, se encuentran:

De igual manera, el cumplimiento de las actividades se verificará mediante los documentos por medio de los cuales se elabore la ejecución de dichas actividades.

Precisiones:

Estándares mínimos para empresas con más de 50 trabajadores

Las empresas con más de 50 trabajadores clasificadas en riesgos I, II, III, IV o V, y de 50 o menos trabajadores clasificadas en riesgos IV o V, deben cumplir con los 61 estándares mínimos establecidos en el artículo 16 de dicha resolución, entre los que se encuentran:

Precisiones: