CANTIDADES PARA EL INFORME ANUAL
DEL CONSEJERO DE SEGURIDAD 2018
(ORDEN FOM 606/2018, de 25 de mayo)
La empresa está obligada a facilitar al
consejero de seguridad las cantidades
descargadas, cargadas y transportadas, desde el 1
de enero al 31 de diciembre, de las operaciones que obliguen a la empresa a
designar consejero de seguridad, agrupadas
por número(s) de etiqueta(s) y grupo de embalaje, cuando ahora se
agrupaban por clases.
OPERACIONES SOMETIDAS
Todas las operaciones que se
realicen en cisternas.
Todas las operaciones que se
realicen en vehículos para sólidos a granel.
Todas las operaciones que se
realicen en bultos, incluso GRG y GE y que supere los límites máximos que
establece el epígrafe 1.1.3.6
del ADR, por unidad de transporte.
OPERACIONES EXENTAS
Todas las operaciones que se
realicen en embalajes combinados exentos por cantidades limitadas: cajas con
envases dentro, o envases retractilados en bandejas, que cumplan los requisitos
del capítulo
3.4 del ADR
Todas las operaciones que se
realicen en cantidades exceptuadas, con arreglo al capítulo
3.5 del ADR (No se realizan
habitualmente)
Deben llevar la siguiente marca
Todas las operaciones que se
realicen y cuya cantidad total no supere los límites máximos que establece el
epígrafe 1.1.3.6
del ADR, entre otras, las operaciones de carga de bultos vacíos: GRG´s,
bidones, garrafas, sacos, etc., que
hayan contenido mercancías peligrosas, salvo excepciones.
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ALTA DE LA LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS INDIVIDUALEMENTE
La empresa, o el/la consejer@ de seguridad,
debe dar de alta en www.ecosmep.com las
mercancías peligrosas cuyas operaciones siempre se deben informar, por ejemplo,
todas las que se realizan en cisternas, o las que se realicen en bultos: GRG´s,
palets, etc., pero que superen los límites máximos del epígrafe 1.1.3.6 del
ADR.
Si las mercancías peligrosas de cuyas
operaciones debe informar son productos, materias primas, combustibles, etc.,
puede remitir todas las fichas de seguridad al consejer@ y éste se encargará de
subirlas a la plataforma.
Si las mercancías peligrosas de cuyas
operaciones debe informar son residuos peligrosos, puede remitir al consejer@
los “Documentos de control y seguimiento”, así como las cartas de porte de cada
retirada.
Al subir los productos/residuos a la
plataforma, usted podrá conocer los límites máximos que establece el epígrafe
1.1.3.6, así como etiqueta(s) y, en su caso, grupo de embalaje.
ALTA DE LA LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS DE FORMA GENÉRICA, PARA BULTOS, AGRUPADAS
POR ETIQUETAS Y, EN SU CASO, GRUPO DE EMBALAJE
Cuando el número de mercancías peligrosas distintas
que se manejan en bultos y de cuyas operaciones se debe informar sea muy
elevado, superior a 20, en vez de darlas de alta individualmente, la empresa, o
el/la consejer@ de seguridad, podrá darlas de alta en www.ecosmep.com , agrupadas, en función de su(s)
etiqueta(s) y, en su caso, grupo de embalaje.
En este caso, deberá conocer y facilitar al
consejer@ los distintos grupos de etiquetas
y grupos de embalaje, de todas las mercancías peligrosas que manejen.
Nota: Para
conocer los distintos grupos de etiqueta(s) y, en su caso, grupo de embalaje y
siempre que se trate de operaciones de carga o transporte, puede
utilizar las cartas de porte, en las que aparecen la(s) etiqueta(s) y
grupo de embalaje de cada mercancía peligrosa.
Sin embargo para las descarga,
que no requieren archivar las cartas de porte, deberá controlar las etiqueta(s)
y grupo de embalaje en cada operación.
RECOGIDA DE INFORMACIÓN
En el caso de que todas las operaciones que
realice le obliguen a informar y las mercancías peligrosas estén dadas de alta
individualmente en www.ecosmep.com ,
únicamente deberá facilitar, para cada una de ellas, las cantidades anuales
manejadas, preferentemente en toneladas.
Si se manejan muchas mercancías peligrosas
distintas y se dan de alta en www.ecosmep.com
de forma genérica, deberán facilitar las cantidades
anuales manejadas, agrupadas por etiqueta(s) y grupo de embalaje. Para ello, conviene crear un registro
informático, por ejemplo una hoja “Excel”, que permita sumar todas las
cantidades del año, agrupadas por cada una de las entradas distintas de
etiquetas y grupo de embalaje, por ejemplo:
FECHA | ETIQUETAS | GRUPO DE EMBALAJE | CANTIDAD (En kilos o toneladas)
| OPERACIÓN C/D/T |
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Consulte con su consejer@ de seguridad, si
tiene alguna duda.