Una de las consultas más habituales es sobre el mantenimiento trimestral de los extintores.
Durante la reunión, se confirmó que una de las consultas más habituales es sobre el mantenimiento trimestral de los extintores, el cual lo puede realizar directamente la propiedad, según el RIPCI: “Operaciones a realizar por personal especializado del fabricante, de una empresa mantenedora, o bien, por el personal del usuario o titular de la instalación”.
En la Guía técnica de aplicación del RIPCI se aclara que esto es así porque estas operaciones son relativamente sencillas. Se matiza además que, si el usuario opta por subcontratar a otra empresa para hacer labores de mantenimiento, lo correcto es que esta sea “una empresa habilitada”.
Trimestralmente, hay que realizar las siguientes verificaciones a los extintores de incendio: