Una nueva ley nacional para proteger al Medio Ambiente
ecoticias.com [22/03/2017]




“Según el Ministerio de Medio Ambiente (Mapama), la nueva Ley de Evaluación Ambiental garantizará la máxima protección ambiental y dará un impulso más acusado al desarrollo sostenible, al agilizar y simplificar la evaluación de planes, proyectos y programas ambientales dando celeridad a estos trámites y una nueva imagen a la normativa que los engloba.”   Otra de las novedades es la inclusión de los proyectos de fracking entre los que obligatoriamente deben ser objeto .

Modificaciones principales
Refuerzo a la protección
Esta modificación apunta a que los esfuerzos se concentren en aquellos proyectos que presenten posibilidades mayores de impactos ambientales, basándose en los principios de precaución, corrección, acción cautelar y preventiva y de compensación de los posibles impactos medioambientales y sigue en pie la premisa de que “quien contamina paga”. 
Otra de las novedades es la inclusión de los proyectos de fracking entre los que obligatoriamente deben ser objeto de evaluación de daños ambientales, así como la exigencia de una mejora en la calidad técnica de los informes medioambientales.
 
Agilidad y simplificación
Basándose en la premisa de que un proceso lento o extremadamente complejo no brinda la seguridad necesaria para proteger al Medio Ambiente y promover al desarrollo sostenible, se hizo un esfuerzo para acortar los tiempos de tramitación y se unificó a las yeyés de evaluación de impacto medioambiental y las de evaluación ambiental estratégica en un solo cuerpo legal.
Ello se deriva en plazos de regulación menores (una evaluación de impacto medioambiental no puede durar más de 4 meses) y el establecimiento de algunos trámites que antes resultaban obligatorios como potestativos (un ejemplo de ello es el “scoping” o determinación del alcance de un estudio de impacto sobre el medio ambiente).
 
Homogenización
Tanto a nivel de normativas como de terminología se pretende que haya una homogenización que promueva la integración y la unidad en materia de evaluación medioambiental a nivel nacional, aunque se establece un período de 1 año con el fin de que las diferentes comunidades puedan adaptar sus propias normativas a esta Ley.  
En el marco de la Conferencia Sectorial del Medio Ambiente se llama a la cooperación entre las comunidades autónomas y el estado, para que los promotores de proyectos, planes o programas pueden conocer de antemano, cuáles serán las exigencias de carácter legal y medioambiental que requerirá su tramitación.
 
Novedades
Bancos de conservación para la naturaleza: serán un instrumento de carácter voluntario que podría emplearse para reparar o compensar la pérdida de biodiversidad que se contemplan en las diferentes Leyes que las reglan (la de evaluación de impacto ambiental, la se responsabilidad medioambiental y la de la biodiversidad y del patrimonio natural).
 
Cambio climático: será de carácter obligatorio tomar en cuente dicho fenómeno, a la hora de realizar evaluaciones medioambientales, basándose en los informes y las técnicas de los que se disponga en cada momento.
Modificaciones legales: se tipifican expresamente como infracciones el “bunkering” (fondeo permanente de los buques-tanque), los vertidos de materiales no permitidos para rellenos y se adaptan a la legislación general de aguas las normas específicas que rigen al trasvase Tajo-Segura, lo que le otorga seguridad jurídica a todo el sistema.

Modificaciones principales

Refuerzo a la protección

Esta modificación apunta a que los esfuerzos se concentren en aquellos proyectos que presenten posibilidades mayores de impactos ambientales, basándose en los principios de precaución, corrección, acción cautelar y preventiva y de compensación de los posibles impactos medioambientales y sigue en pie la premisa de que “quien contamina paga”. 

Otra de las novedades es la inclusión de los proyectos de fracking entre los que obligatoriamente deben ser objeto de evaluación de daños ambientales, así como la exigencia de una mejora en la calidad técnica de los informes medioambientales.

Agilidad y simplificación

Basándose en la premisa de que un proceso lento o extremadamente complejo no brinda la seguridad necesaria para proteger al Medio Ambiente y promover al desarrollo sostenible, se hizo un esfuerzo para acortar los tiempos de tramitación y se unificó a las yeyés de evaluación de impacto medioambiental y las de evaluación ambiental estratégica en un solo cuerpo legal.

Ello se deriva en plazos de regulación menores (una evaluación de impacto medioambiental no puede durar más de 4 meses) y el establecimiento de algunos trámites que antes resultaban obligatorios como potestativos (un ejemplo de ello es el “scoping” o determinación del alcance de un estudio de impacto sobre el medio ambiente).

 

Homogenización

Tanto a nivel de normativas como de terminología se pretende que haya una homogenización que promueva la integración y la unidad en materia de evaluación medioambiental a nivel nacional, aunque se establece un período de 1 año con el fin de que las diferentes comunidades puedan adaptar sus propias normativas a esta Ley.  

En el marco de la Conferencia Sectorial del Medio Ambiente se llama a la cooperación entre las comunidades autónomas y el estado, para que los promotores de proyectos, planes o programas pueden conocer de antemano, cuáles serán las exigencias de carácter legal y medioambiental que requerirá su tramitación.

 

Novedades

Bancos de conservación para la naturaleza: serán un instrumento de carácter voluntario que podría emplearse para reparar o compensar la pérdida de biodiversidad que se contemplan en las diferentes Leyes que las reglan (la de evaluación de impacto ambiental, la se responsabilidad medioambiental y la de la biodiversidad y del patrimonio natural).

 

Cambio climático: será de carácter obligatorio tomar en cuente dicho fenómeno, a la hora de realizar evaluaciones medioambientales, basándose en los informes y las técnicas de los que se disponga en cada momento.

Modificaciones legales: se tipifican expresamente como infracciones el “bunkering” (fondeo permanente de los buques-tanque), los vertidos de materiales no permitidos para rellenos y se adaptan a la legislación general de aguas las normas específicas que rigen al trasvase Tajo-Segura, lo que le otorga seguridad jurídica a todo el sistema.