Publicado el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
transporteprofesional.es [08/11/2015]




Ley de Tráfico Ley de Tráfico RD 6/2015

El 31 de octubre ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Legislativo 6/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

El objetivo de esta norma surge para dar cumplimiento a la Ley 6/2014, por la que se autoriza al Gobierno para aprobar un texto refundido en el que se integren el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y las leyes que lo han modificado.

 Se ha incluido la transposición de la Directiva 2015/413 por la que se facilita intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial (capítulo V):

  1. Exceso de velocidad
  2. Conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas
  3. No utilización del cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados
  4. No detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de «stop»
  5. Circulación por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios
  6. Conducción con presencia de drogas en el organismo
  7. No utilización del casco de protección
  8. Utilización del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción cuando no esté permitido
Las notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial (DEV)
o en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico,
se practicarán en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE)...

Los documentos que se notifiquen al presunto infractor se enviarán en la lengua del documento de matriculación del vehículo o en uno de los idiomas oficiales del Estado de matriculación.

Para acceder a la Ley publicada en el Boletín Oficial del Estado, pinche aquí