En el BOE de fecha 20 de octubre de 2015, se ha publicado
el RD 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control
de riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias
peligrosas y que deroga al RD 1254/1999.
Este real decreto tiene por objeto la prevención de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como la limitación de sus consecuencias sobre la salud humana, los bienes y el medio ambiente.
El artículo 2.2.c) exime de la aplicación a:
'c) El transporte de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril, vía navegable interior y marítima o aérea y el almacenamiento temporal intermedio directamente relacionado con él; así como a las actividades de carga y descarga y al traslado desde y hacia otro tipo de transporte con destino a muelles, embarcaderos o instalaciones logísticas ferroviarias o terminales ferroviarias fuera de los establecimientos contemplados en este real decreto;'
Acceso directo al R.D. 840/2015