La UE se pone dura con los vertidos ilegales
inmodiario.com [04/12/2014]






A la hora
de clausurar un vertedero no es suficiente con cerrar la instalación y echar
escombros encima. Hay que ir más allá en la toma de medidas relativas a la
seguridad de estos sellados.



           



Una
sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de poner en
evidencia  a dos países como Italia y Grecia por no hacer adecuadamente
los deberes en esta materia, cumpliendo a rajatabla con lo dispuesto por la
Directiva de Residuos.



 



La
sanción a Italia, de 40 millones de euros más una multa coercitiva de 42,8
millones de euros por semestre de retraso en la aplicación de medidas viene de
largo. Concretamente, desde hace siete años, cuando fue condenado por este
mismo tribunal e hizo caso omiso de la sentencia.



 



Entonces,
el TJUE declaró que Italia había incumplido de forma generalizada y persistente
las obligaciones en materia de gestión de residuos definidas por las Directivas
relativas a los residuos, a los residuos peligrosos y al vertido de residuos.
En 2013, la Comisión Europea estimó que Italia aún no había adoptado todas las
medidas necesarias para ejecutar la sentencia de 2007. En particular, 218
emplazamientos situados en el territorio de 18 de las 20 regiones italianas no
se ajustaban a la Directiva de Residuos (de manera que cabía deducir que debía
haber emplazamientos funcionando sin autorización); además, 16 de esos 218
emplazamientos contenían residuos peligrosos, en infracción de lo dispuesto en
la Directiva «residuos peligrosos.



 



Por
último, Italia no había demostrado que cinco de los vertederos hubieran sido
objeto de un plan de acondicionamiento o de una medida de cierre definitivo
conforme a la Directiva de Vertido de Residuos.



 



En el
transcurso del presente procedimiento, la Comisión Europea indicó que, según
los datos más recientes, 198 emplazamientos aún no eran conformes con la
Directiva y que, de ellos, 14 tampoco lo eran con la Directiva de Residuos
Peligrosos. Asimismo, dos vertederos seguían sin ajustarse a la Directiva de
Vertido de residuos.



 



La de
Italia no ha sido la única multa impuesta por no respetar estas mismas
Directivas. Otro fallo ha condenado a Grecia a pagar 10 millones de euros, que
de no adoptarse medidas urgentes, podrían elevarse a 14 millones.



 



En este
caso, los jueces comunitarios estiman que la ejecución de la sentencia debe
suponer la desafectación de los vertederos ilegales, su rehabilitación efectiva
y la creación de las instalaciones precisas para evitar la creación de nuevos
vertederos ilegales  y garantizar el cumplimiento de la Directiva de
manera permanente.