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A la cárcel por dormir en la cabina

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Las asociaciones de transportistas de forma unánime han manifestado su indignación por la normativa aprobada en Francia y Bélgica que prohíbe realizar los descansos semanales en el camión.

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  • Ha aprovechado una laguna del Reglamento 561/2006 sobre la regulación del descanso semanal normal (superior a 45 horas consecutivas), que no establece expresamente que este se pueda realizar en la cabina del vehículo, para prohibirlo bajo sanción de 30.000 € y un año de prisión para el empresario transportista.

Las asociaciones

El Gobierno francés (al igual que el Belga) ha aprovechado una laguna del Reglamento 561/2006 sobre la regulación del descanso semanal normal (superior a 45 horas consecutivas), que no establece expresamente que este se pueda realizar en la cabina del vehículo, para prohibirlo bajo sanción de 30.000 € y un año de prisión para el empresario transportista.
 
 Para la CETM, la medida adoptada por el Gobierno francés es 'totalmente desproporcionada y atenta además contra la libertad de empresa, más aún, cuando los transportistas internacionales tienen que parar obligatoriamente en territorio francés por motivo de las restricciones al tráfico de los fines de semana, sin poder dejar los vehículos sin vigilancia por motivos evidentes de seguridad de las mercancías.'
 También inciden en que tomar el descanso semanal fuera del vehículo supondrá 'gastos e incomodidades de todo tipo para el desarrollo normal de su actividad, teniendo en cuenta además que hoy en día las cabinas están perfectamente acondicionadas para poder cumplir con las obligaciones de descanso.'
 Además desde la Confederación recuerdan que el mencionado Reglamento 561/2006, sí que permite expresamente que se realice el descanso semanal reducido (de al menos 25 horas) y el descanso diario (11 horas) dentro de la cabina del vehículo, siempre y cuando esta esté correctamente equipada para realizarlo, como es el caso de la inmensa mayoría de los vehículos destinados al transporte internacional de mercancías.
 La CETM considera que este tipo de normas proteccionistas no deben ser aceptadas por la Unión Europea, pues suponen una clara violación del Tratado de Schengen, que debería garantizar la libre circulación por Europa de personas y mercancías.
 
 
FENADISMER ya presentó una denuncia ante la Comisión Europea el pasado mes de abril para que analizara si la proposición de ley que se estaba tramitando respetaba la normativa europea sobre regulación del transporte internacional y sobre armonización social en el sector del transporte por carretera.
 En respuesta a dicha denuncia, la Dirección General de Movilidad y Transporte de la Comisión Europea ha informado formalmente a FENADISMER que “está analizando si el tipo de multas aplicadas por las autoridades francesas en estos casos, así como su cuantía, quedan justificados por la gravedad de las infracciones y si, por lo tanto, se ajustan al principio de proporcionalidad …. y si los controles se efectúan de forma no discriminatoria”.
A este respecto, la Comisión Europea ha confirmado a FENADISMER de que “si llegara a la conclusión de que se ha infringido alguno de los principios que han de informar el tipo o la cuantía de las sanciones, podría considerar la apertura de un procedimiento de infracción con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”.
En todo caso FENADISMER considera que la nueva infracción penal aprobada no guarda relación alguna con la necesaria lucha contra la competencia desleal que fundamenta la aprobación de dicha medida, ni tampoco ha tenido en cuenta la repercusión práctica que la misma puede suponer en los cientos de miles de conductores profesionales que semanalmente circulan por las carreteras francesas (sólo en el caso de España, más de 20.000 conductores profesionales cruzan la frontera diariamente) sin que previsiblemente exista infraestructura hotelera suficiente para alojar a dichos conductores.
 
 
 Para ASTIC, esta norma supone un ataque directo a la rentabilidad del sector del transporte internacional por carretera, ya que deja ociosas importantes inversiones realizadas en los vehículos precisamente enfocadas al mayor confort de los conductores, también en sus horas de descanso, obligará a gastos adicionales de alojamiento, entorpecerá el normal desarrollo de las rutas al no disponerse de suficientes lugares habilitados a lo largo de las carreteras para parada de camiones y descanso de sus conductores, etc. etc..
 La asocaicón ha hecho saber su preocupación y su protesta sobre cómo los diferentes miembros de la Unión Europea legislan sin tener en cuenta al resto de estados miembro. Es el caso de la tasa para camiones extranjeros que ya funciona en Reino Unido y que pretende imponer también Alemania, o esta nueva legislación de Francia, aprobada hace unas semanas en términos similares también en Bélgica.
 Para Marcos Basante, presidente de ASTIC, “este tipo de normas proteccionistas no hacen más que atacar a la unidad de mercado y la libre competencia europeas, algo fundamental si se quiere tener realmente una unión comercial en Europa”.
“Desde ASTIC vamos a seguir denunciando este tipo de legislación ante las instancias europeas, ya hemos expresado nuestra preocupación a la IRU, y ante las autoridades españolas que, al fin y al cabo, son las que deben velar por los intereses nuestros transportistas”, señala Basante.


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