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MEDIO AMBIENTE

Quien contamina paga... pero las pymes aún no saben cuánto ni cuándo

elEconomista.es []

 

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■ La pequeña empresa desconoce cómo cumplir con la Ley de Responsabilidad Medioambliental. ■ Existen pólizas de seguro que cubren la limpieza de la zona afectada en caso de accidente. El reciente accidente medioambiental de Hungría ha traído a España el recuerdo del incidente que en 1998 se produjo en Doñana, cuando una mina de Aznalcóllar derramó toneladas de material tóxico que obligó al Estado a invertir más de 600 millones sólo en tareas de limpieza. Para evitar que vuelvan a repetirse casos similares, o se reproduzca una situación como la húngara, el pasado mes de abril entró en vigor la Ley de Responsabilidad Medioambiental, que en resumen se simplifica en la máxima de 'quien contamina, paga'. Es decir, que desde hace ocho meses, los gastos derivados del impacto medioambiental que produzca una empresa, corren a cargo de ésta. 'Y no hablamos sólo de empresas grandes, o mineras, sino de todas, grandes y pequeñas, independientemente de su actividad. Una pequeña zapatería de pueblo también deberá responsabilizarse de los productos químicos que utilice', explica David García Montejo, director general de la consultora medioambiental Gemap. Sin embargo, en su opinión, 'la mayoría de las pymes desconoce esto. No sabe muy bien en qué consiste esta nueva normativa ni cómo les afecta'. ¿Qué pueden hacer por tanto las pymes para cumplir con esta ley? ¿Y a qué les obliga? Evaluación 'Para saber si está al corriente con la ley y cómo adaptarse a ella, lo primero que debe hacer una pyme es contactar con un consultor', dice Raquel Millán, especialista en medio ambiente de la consultora de riesgos Marsh. 'También es recomendable acudir a asociaciones, como las Cámaras de Comercio, donde informarse y beneficiarse de convenios que tengan para realizar un Análisis de Riesgo Medioambiental', matiza García Montejo. Este análisis cuantifica los posibles riesgos que tiene la actividad de la empresa para el medio ambiente en caso de accidente, medida en una cantidad económica. 'Esta cantidad la tiene que aprobar la Administración', continúa García Montejo, 'y cuando ya tienes una cifra de cuánto te puede costar un posible accidente, necesitas cubrirte las espaldas de alguna manera'. Póliza de seguros Una manera de cubrir esa contingencia es contratar un seguro de responsabilidad medioambiental. 'Algunas empresas piensan que no les hace falta, porque ya tienen uno de responsabilidad civil por contaminación, pero lo que desconocen es que éste sólo cubre las reclamaciones de terceros, sin incluir la reparación de la zona afectada', advierte Millán. En algunos sectores de actividad, disponer de este seguro de responsabilidad medioambiental es obligatorio. 'O eso o tener una garantía financiera con la que poder hacer frente a los posibles daños, bien con un aval bancario o con un fondo de reserva, dice José Torregrosa, socio de la correduría GlobalFinanz, que cuenta con una línea especializada en seguros de responsabilidad medioambiental. De las tres fórmulas, los expertos consultados coinciden en señalar la póliza de seguro como la más óptima. Como explica Millán, 'no te bloquea recursos, te permite transferir el riesgo a un tercero, que es la mutua, y también ofrece acompañamiento constante'. ¿Y qué sectores son los que están obligados a disponer de esta garantía financiera? Este capítulo está pendiente de ser publicado en una orden ministerial que lo instrumente, aunque se puede consultar en el Anexo III de la Ley. 'Conviene aclarar que, aunque el Ministerio de Medio Ambiente no pueda sancionar a ninguna pyme por carecer de esta garantía, porque su actividad no esté incluida en el Anexo, sí está obligada a responder ante cualquier accidente con sus propios recursos, con lo que es conveniente que esté asegurada', cita Torregrosa. Sanciones Una vez que se apruebe la orden ministerial que articula las actividades que están obligados a presentar una garantía financiera de responsabilidad medioambiental, cuya fecha prevista se espera para 2011, las empresas que figuran en estos sectores (por su mayor riesgo contaminante) tendrán entre dos y cinco años para suscribir el seguro correspondiente o presentar la reserva de fondos por el importe que establezca el Análisis de Riesgos Medioambientales. ¿Y qué pasa si una pyme no se adapta a esta normativa? Las sanciones previstas son de hasta dos millones de euros y extinción o suspensión de la actividad por un periodo mínimo de un año y un máximo de dos. ¿Y cómo se cuantifica el riesgo contaminante de una empresa? 'Es difícil', cuenta García Montejo, 'porque ¿cuánto cuesta que desaparezca mil ejemplares de un tipo de pez por un vertido tóxico en un río? Lo más cuantificable es considerar lo que costará depurar esas aguas y devolverlas a su estado original, o la restauración de los suelos...'. Precisamente la orden ministerial pendiente de publicación es la que instrumentará el análisis del riesgo. Aunque no es preciso esperar a su publicación para estar al corriente con la ley, ya que diversas aseguradoras tienen constituido un pool de riesgos medioambientales. En Marsh dan cifras: 'Para un riesgo mínimo, la póliza tiene una prima de 1.500 a 6.000 euros. No es caro cubrirse las espaldas'.

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