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Multas de 5.000 a 600.000 euros a quienes transporten productos agrícolas 'sin papeles'

elperiodicoextremadura.com []

 

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La Junta expone al público 7 días el decreto que obliga a llevar varios documentos cuando la carga supera los 25 kilos. La norma se aprobará en las próximas semanas puesto que 'urge' para que llegue a campañas como la de la aceituna.

Al campo no se le pueden poner puertas pero sí normas. Y el último proyecto de decreto hecho público por la Junta de Extremadura pretende regular el transporte de las cosechas del campo con un objetivo principal: intentar frenar los robos que, año tras año, ponen en jaque a los agricultores.

Los hurtos se producen habitualmente y en todo tipo de cosechas, pero fue la última campaña de la aceituna --con más de 500.000 kilos robados, según estimaciones de las organizaciones, y decenas de personas imputadas-- la que despertó la necesidad de intensificar el control no solo en el campo. Entonces, además de aumentar la vigilancia, la Administración pública se planteó establecer controles sobre todo en el transporte de las mercancías de las fincas a su primer establecimiento, es decir, cooperativas, centrales, puesto,...

Tras recoger las aportaciones de las cooperativas agroalimentarias y las organizaciones agrarias, entre otros órganos, la Dirección General de Agricultura y Ganadería redactó un proyecto de decreto que establece los requisitos y documentos que deberán acompañar a cualquier producto agrícola que en grandes cantidades sea transportado en la región. Quienes no cumplan las obligaciones de esta nueva norma --operadores y/o transportistas-- se enfrentarán a sanciones que van desde los 5.000 a los 600.000 euros.

ALEGACIONES Este proyecto permanece desde hoy durante siete días expuesto al público para que cualquier persona pueda formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.

La norma autonómica fija una carga mínimo de productos para tener que cumplir los requisitos que establece en su articulado. Ese límite son 25 kilos, es decir, que aquella persona que transporte más de 25 kilos de aceitunas, uvas, melocotones,... --sin transformar-- desde la explotación agrícola hasta el primer establecimiento deberá cumplir al dictado esta normativa si quiere evitar las sanciones económicas estipuladas en la Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición. La norma se extiende durante el año para todos los productos excepto dos: la aceituna y la uva. En el primer caso se deberá cumplir desde el inicio de la campaña hasta el 1 de marzo y en la vendimia, hasta el 15 de octubre.

¿Y qué documentos serán necesarios? Varios. En primer lugar un formulario creado por la propia Administración y que contendrá información sobre la persona titular de la explotación agrícola de origen, la unidad de producción con referencia Sigpac de donde procedan los productos --o el número de inscripción de la explotación en el Registro Vitícola en el caso de las uvas--, la especificación del producto transportado con su variedad y peso estimado, una autorización de recolección y traslado en el caso de no coincidir la persona que transporta con la titular de la explotación, datos del vehículo de transporte así como del establecimiento de destino de los productos y fecha del traslado, entre otra información.

Además de este formulario relleno al que se le denomina documento de acompañamiento, la norma --según el proyecto de decreto expuesto-- obligará a llevar una copia del modelo normalizado de la última solicitud única de la PAC y la actualización del registro de explotaciones presentado por la persona titular de la misma.

Todo esta documentación deberá estar en manos del dueño de la explotación y la persona titular del primer establecimiento de destino durante un periodo mínimo de cuatro años desde su emisión.

SEGURIDAD ALIMENTARIA El nuevo decreto, aún en proyecto, también recoge medidas para garantizar la seguridad alimentaria de los productos durante su transporte que se suman a las establecidas ya por las instituciones europeas. En concreto, habla de utilizar vehículos limpios, de no llevar los productos junto con animales ni productos químicos y de usar contenedores estancos cuando sea necesario. También se busca así garantizar la trazabilidad, el origen y las diferentes etapas del proceso de producción y distribución.

Para ello los establecimientos intermediarios deberán tener un registro de entradas y salidas que permita verificar las existencias y la procedencia. Y hay más, cada uno de estos establecimientos deberá comunicar, con una antelación de 15 días al inicio de cada campaña, al ayuntamiento donde se ubique documentación precisa sobre su actividad (productos que recibe, vinculación con empresas,...). Estos datos se trasladarán a la Junta y se añadirán al registro de establecimientos intermediarios de recepción de productos agrícolas, que será accesible al público. El proyecto incide también en la necesidad  de colaboración entre administraciones para cumplir esta nueva norma.


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