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LEGISLACIÓN

Modificación del Real Decreto 106/2008, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos

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El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente somete a información pública una modificación del Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. El plazo para el envío de observaciones y comentarios al texto finalizó el 12 de Marzo de 2015.

Recientemente, ha sido adoptada la Directiva 2013/56/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, que modifica a la Directiva 2006/66/CE de pilas y acumuladores y residuos de pilas y acumuladores, en lo que respecta a la puesta en el mercado de pilas y acumuladores portátiles que contengan cadmio, destinados a utilizarse en herramientas eléctricas inalámbricas, y de pilas botón con un bajo contenido de mercurio, y por la que se deroga la Decisión 2009/603/CE de la Comisión de 5 de agosto, que establecía requisitos para el registro de productores de pilas y acumuladores. Por lo que, ha de incorporarse a nuestro Derecho interno esta nueva directiva, que fija como fecha limite para su transposición el 1 de julio de 2015.

Por ello, este proyecto de real decreto tiene por objeto modificar el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, para cumplir con la obligación de transposición de la Directiva 2013/56/UE, pero también se aprovecha esta ocasión para abordar la adaptación del mencionado real decreto a la Ley 22/2011, de 28 de julio, sobre residuos y suelos contaminados, especialmente en lo que respecta a la responsabilidad ampliada del productor, y para introducir además algunas actualizaciones que afectan a objetivos de recogida, información a aportar por parte de productores e instalaciones de reciclado, ventas a distancia, garantías financieras, etc.

El plazo para el envío de observaciones y comentarios al texto comienza el 18 de Febrero y finaliza el 12 de Marzo de 2015 ambos inclusive. El buzón de recepción es: buzon-sgr@magrama.es.


Foto de David Fàbrega (cc)

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