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REDACCIÓN

CANTIDADES A COMUNICAR PARA EL INFORME ANUAL 2018 (Orden FOM 606/2018)

ECOSMEP []

 

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CANTIDADES PARA EL INFORME ANUAL DEL CONSEJERO DE SEGURIDAD 2018

(ORDEN FOM 606/2018, de 25 de mayo)


APLICACIÓN

La empresa está obligada a facilitar al consejero de seguridad las cantidades descargadas, cargadas y transportadas, desde el 1 de enero al 31 de diciembre, de las operaciones que obliguen a la empresa a designar consejero de seguridad, agrupadas por número(s) de etiqueta(s) y grupo de embalaje, cuando ahora se agrupaban por clases.  

OPERACIONES SOMETIDAS

  • Todas las operaciones que se realicen en cisternas.

  • Todas las operaciones que se realicen en vehículos para sólidos a granel.

  • Todas las operaciones que se realicen en bultos, incluso GRG y GE y que supere los límites máximos que establece el epígrafe 1.1.3.6 del ADR, por unidad de transporte.

OPERACIONES EXENTAS

  • Todas las operaciones que se realicen en embalajes combinados exentos por cantidades limitadas: cajas con envases dentro, o envases retractilados en bandejas, que cumplan los requisitos del capítulo 3.4 del ADR

  • Todas las operaciones que se realicen en cantidades exceptuadas, con arreglo al capítulo 3.5 del ADR  (No se realizan habitualmente)

Deben  llevar la siguiente marca

  • Todas las operaciones que se realicen y cuya cantidad total no supere los límites máximos que establece el epígrafe 1.1.3.6 del ADR, entre otras, las operaciones de carga de bultos vacíos: GRG´s, bidones, garrafas, sacos, etc.,  que hayan contenido mercancías peligrosas, salvo excepciones.                                 

 

 

DIAGRAMA CANTIDADES A INFORMAR

PARA EL INFORME ANUAL

 

 


    

 

ALTA DE LA LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS INDIVIDUALEMENTE

La empresa, o el/la consejer@ de seguridad, debe dar de alta en www.ecosmep.com las mercancías peligrosas cuyas operaciones siempre se deben informar, por ejemplo, todas las que se realizan en cisternas, o las que se realicen en bultos: GRG´s, palets, etc., pero que superen los límites máximos del epígrafe 1.1.3.6 del ADR. 

Si las mercancías peligrosas de cuyas operaciones debe informar son productos, materias primas, combustibles, etc., puede remitir todas las fichas de seguridad al consejer@ y éste se encargará de subirlas a la plataforma.

Si las mercancías peligrosas de cuyas operaciones debe informar son residuos peligrosos, puede remitir al consejer@ los “Documentos de control y seguimiento”, así como las cartas de porte de cada retirada.

Al subir los productos/residuos a la plataforma, usted podrá conocer los límites máximos que establece el epígrafe 1.1.3.6, así como etiqueta(s) y, en su caso, grupo de embalaje.

ALTA DE LA LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS DE FORMA GENÉRICA, PARA BULTOS, AGRUPADAS POR ETIQUETAS Y, EN SU CASO, GRUPO DE EMBALAJE

Cuando el número de mercancías peligrosas distintas que se manejan en bultos y de cuyas operaciones se debe informar sea muy elevado, superior a 20, en vez de darlas de alta individualmente, la empresa, o el/la consejer@ de seguridad, podrá darlas de alta en www.ecosmep.com , agrupadas, en función de su(s) etiqueta(s) y, en su caso, grupo de embalaje.

En este caso, deberá conocer y facilitar al consejer@ los distintos grupos de etiquetas y grupos de embalaje, de todas las mercancías peligrosas que manejen.  

Nota: Para conocer los distintos grupos de etiqueta(s) y, en su caso, grupo de embalaje y siempre que se trate de operaciones de carga o transporte, puede utilizar las cartas de porte, en las que aparecen la(s) etiqueta(s) y grupo de embalaje de cada mercancía peligrosa.  Sin embargo para las descarga, que no requieren archivar las cartas de porte, deberá controlar las etiqueta(s) y grupo de embalaje en cada operación.

 

RECOGIDA DE INFORMACIÓN

En el caso de que todas las operaciones que realice le obliguen a informar y las mercancías peligrosas estén dadas de alta individualmente en www.ecosmep.com , únicamente deberá facilitar, para cada una de ellas, las cantidades anuales manejadas, preferentemente en toneladas. 

Si se manejan muchas mercancías peligrosas distintas y se dan de alta en www.ecosmep.com de forma genérica, deberán facilitar las cantidades anuales manejadas, agrupadas por etiqueta(s) y grupo de embalaje.  Para ello, conviene crear un registro informático, por ejemplo una hoja “Excel”, que permita sumar todas las cantidades del año, agrupadas por cada una de las entradas distintas de etiquetas y grupo de embalaje, por ejemplo:

FECHA

ETIQUETAS

GRUPO DE EMBALAJE

CANTIDAD

(En kilos o toneladas)

 

OPERACIÓN

C/D/T

 

 

 

 

 

 

Consulte con su consejer@ de seguridad, si tiene alguna duda.


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